El Ayuntamiento de Madrid pide que Luceño garantice una fianza de 6 millones y justifica personarse en el caso por el perjuicio sufrido

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Palacio de Cibeles. Fuente: Ayuntamiento de Madrid

Madrid, 22 abr (EFE).- El Ayuntamiento de Madrid ha pedido al juez que investiga el conocido como caso de las mascarillas que reclame al empresario Alberto Luceño la fianza correspondiente hasta alcanzar la cantidad de 6.191.127 euros para asegurar las posibles responsabilidades económicas que se le puedan imponer.

Los servicios jurídicos del consistorio, que ejercen de acusación particular, responden así a la providencia dictada hace unos días por el juzgado de instrucción número 47 de Madrid tras constatar la «insuficiencia de los bienes embargados» al empresario investigado junto a Luis Medina por una posible estafa al Ayuntamiento en la venta de mascarillas, test y guantes en plena pandemia.

En el escrito, al que ha tenido acceso Efe, el consistorio dirigido por José Luis Martínez-Almeida pide subsidiariamente que, en el supuesto de que Luceño no preste dicha fianza, se proceda al embargo de sus bienes «al efecto de asegurar las responsabilidades pecuniarias en que pueda incurrir».

Para ello, reclama que se haga una consulta al Punto Neutro Judicial a los efectos de averiguar las cuentas corrientes abiertas a su nombre y al de la empresa Takamaka Invest o de los bienes muebles e inmuebles de los que son titulares «en la cuantía total de 6.191.127 euros«.

Como hizo con el empresario Luis Medina, a quien ha impuesto una fianza de casi 900.000 euros, el juez pidió a las partes que propusiesen nuevas medidas cautelares para Luceño al constatar que los bienes que se le incautaron no cubrían la cantidad que la Fiscalía Anticorrupción considera que cobró en comisiones, 5,5 millones de euros.

El juez Adolfo Carretero, al que todavía deben contestar otras acusaciones, entre ellas Anticorrupción, también dejó constancia de que los coches de lujo que compró Luceño -un Range Rover y un Lamborghini Huracan Eco Spiderque– ya no están en su poder.

Ambos empresarios están citados el próximo lunes a declarar ante el magistrado por supuestos delitos de estafa agravada, falsedad documental y blanqueo de capitales. En el caso de Medina, también deberá hacerlo por alzamiento de bienes, delito que el juez le imputó hace unos días al constatar que en sus cuentas solo hay 247,26 euros y que había vendido bonos cuando ya sabía que estaba siendo investigado y cuando Anticorrupción le había advertido de la posible comisión de un delito de alzamiento de bienes.

CIBELES JUSTIFICA PERSONARSE EN EL CASO MASCARILLAS POR EL PERJUICIO SUFRIDO

El Ayuntamiento de Madrid ha enviado un escrito al juez que investiga el caso de las mascarillas para oponerse a la petición de Luis Medina de que no sea acusación particular, ya que resulta «suficiente para tener la consideración de víctima» el «perjuicio económico» soportado por el Consistorio derivado del «sobrecoste oculto» en los tres contratos investigados.

A principios de semana, el empresario Luis Medina pidió -a través de un recurso de reforma- al juez del caso de las mascarillas que el Ayuntamiento de Madrid no sea acusación particular puesto que «ha firmado y aceptado los contratos investigados, y por esa participación a lo largo de la instrucción podría derivarse algún tipo de responsabilidad» no compatible con ser perjudicado.

Los servicios jurídicos del consistorio, que ejercen de acusación particular, han presentado un escrito para formular su oposición al recurso de reforma, alegando que fue la Fiscalía quien solicitó expresamente que se hiciera ofrecimiento de acciones al Ayuntamiento dentro de las diligencias solicitadas al órgano judicial.

El escrito de los servicios jurídicos municipales añade que el Ministerio Fiscal justifica el ofrecimiento en base al perjuicio sufrido por el Ayuntamiento, razonando que el mismo consiste en «el pago de un sobreprecio indebido que, sin perjuicio de su exacta determinación en el momento procesal oportuno, cabe identificar prima facie con el importe de las comisiones cobradas por los querellados«.

También responde el escrito a la alegación de Medina de que «el Ayuntamiento de Madrid de ninguna de las maneras se ha visto perjudicado por los contratos investigados, ya que llegaron todas las mascarillas que eran de buenísima calidad, por los guantes se les devolvió la diferencia (adquiriendo los enviados porque eran a precio adecuado) y, en cuanto a los test, no consta que una vez recibido el reactivo no hayan funcionado”.

Frente a dicha alegación, destacan los servicios jurídicos que «la cuestión nuclear de la estafa objeto de investigación no se circunscribe a que los bienes no se hubieran entregado, o a que la calidad de los bienes fuera inferior a la pactada (sin perjuicio de que, efectivamente, los guantes que se entregaron no eran los determinados en el contrato celebrado sino de calidad ostensiblemente inferior)».

Por el contrario, se trata de que «los querellados fijaron los precios de los mismos ocultando al Ayuntamiento que un elevado porcentaje de tales precios (aproximadamente un 60 % para las mascarillas, un 81 % para los guantes y un 71 % para los tests) correspondía a las comisiones que los mismos querellados iban a percibir; lo que supuso un incremento exorbitante del precio de los productos contratados«.

«En definitiva, como consecuencia de la actuación de los querellados, el Ayuntamiento de Madrid ha soportado un perjuicio económico derivado del sobrecoste oculto sufrido en dichos contratos, lo que resulta suficiente para tener la consideración de víctima en la presente causa«, argumentan los servicios del Ayuntamiento. EFE

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