Fiscalía no recurrirá la absolución de Villarejo en el caso de la grabación sobre el Pequeño Nicolás

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José Manuel Villarejo. foto archivo

Madrid, 4 feb (EFE).- La Fiscalía de Madrid no recurrirá la absolución del excomisario José Villarejo en el juicio por la grabación y difusión en 2014 de una reunión entre agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y policías sobre Francisco Nicolás Gómez Iglesias, el Pequeño Nicolás.

Así lo han explicado a EFE fuentes fiscales, en referencia a la posibilidad de recurrir la sentencia que el pasado mes de enero absolvió al excomisario, a su esposa, Gema Alcalá, y al periodista Carlos Mier de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos por la citada grabación.

La Audiencia Provincial absolvió a los tres procesados al no haber encontrado a lo largo del juicio base probatoria para condenarlos «y sí en cambio una falta de coherencia lógica en el relato de las acusaciones que impide asumir sus conclusiones».

La Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación ejercida por la Plataforma por la Honestidad pidieron en el juicio cuatro años de prisión para Villarejo y tres para los otros dos acusados, mientras que la acción popular ejercida por Podemos solicitó cinco años para el excomisario y cuatro para su esposa y el periodista.

Los magistrados recuerdan en la sentencia que las acusaciones sostuvieron que tras la detención del Pequeño Nicolás en septiembre de 2014, al mes siguiente tuvo lugar una reunión entre miembros de la Unidad de Asuntos Internos del Cuerpo Nacional de Policía y del CNI, y que Villarejo supo de este encuentro y, sirviéndose del teléfono de uno de los asistentes al encuentro, grabó parte de su contenido.

Luego este contenido fue publicado en el medio digital de Carlos Mier, con la participación de la esposa del excomisario, con el ánimo de torpedear la investigación al Pequeño Nicolás, según las acusaciones.

Pero la sentencia señala que las propias acusaciones reconocen que «no existe prueba directa» de lo que constituye el núcleo de la actividad delictiva atribuida a los acusados.

Para la Sala no se ha probado que Villarejo, o alguna persona siguiendo sus órdenes, manipulara el teléfono móvil del comisario de Policía Marcelino Martín Blas para instalar en él una aplicación maliciosa que luego el día de la reunión habría permitido su control en remoto.

Y añade que tiene dudas razonables respecto a otras cuestiones de la llamada realizada la tarde del 20 de octubre de 2014 al teléfono móvil de Martín Blas, como si tuvo o no contenido, si quedó o no registrada en el mismo y su coincidencia temporal en todo o en parte con la reunión entre miembros de la Policía y el CNI.

Al respecto señala que hay tres versiones: una la de Carlos Mier, otra la del Martín Blas y la tercera la del exdirector adjunto de la Policía Eugenio Pino y su subordinado José Ángel Fuentes Gago, lo que pone de manifiesto que «las versiones aportadas por Martín Blas y las de Pino y Gago son manifiestamente contradictorias entre sí hasta el punto de concluir que se ha mentido al tribunal». EFE

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