Madrid celebra que el TS anule la exclusión de los toros del bono cultural

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Tauromaquia. Fuente: Twitter.

Madrid, 8 feb (EFE).- La Comunidad de Madrid ha celebrado la decisión del Tribunal Supremo de anular la exclusión de los espectáculos taurinos del catálogo del bono cultural joven de 2022, de 400 euros, por la falta de justificación del Gobierno.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso de la Fundación Toro de Lidia contra el real decreto por el que se establece la regulación del bono cultural y anula la expresión «y taurinos» del artículo 8.2. que fija las actividades excluidas.

«Un poco de normalidad», ha escrito la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, en su cuenta de Twitter tras conocer la decisión del alto tribunal.

La consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz, ha destacado que «formalmente los toros son cultura», por lo que «no tenía ningún sentido» la exclusión de una actividad que pertenece a «nuestra tradición y nuestra historia».

«Si Picasso reconoció los toros como parte y Lorca también, quién es nadie para sacarlo de esa lista», ha expresado.

Fuentes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid han subrayado que el Supremo explica que no le compete resolver si la Tauromaquia, en general, y los espectáculos taurinos, en particular, son manifestaciones culturales, ya que ha sido «el mismo legislador el que lo ha hecho en sentido afirmativo tal como explica con claridad la Ley 18/2013 para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural».

Además, han remarcado que el Tribunal Constitucional «también ha dejado clara esa misma naturaleza cultural de los espectáculos taurinos, que el real decreto impugnado no niega, sino que, al contrario, parte de que poseen esa naturaleza y, por eso, tiene que excluirlos expresamente».

Fuentes jurídicas informan de que esta decisión no significa que los toros estén ya incluidos en el bono cultural, ya que el Ejecutivo puede justificar, ahora sí, de una manera más solida la exclusión.

La Sala explica que no hay razones que expliquen la exclusión y que «no nos parecen válidas al efecto las que ofrece su preámbulo ya que únicamente dice que los espectáculos taurinos se fomentan a través de otros instrumentos y que cada Administración tiene capacidad para decidir libremente los sectores o actividades de interés o utilidad pública que fomenta y de qué modo lo hace».

Para el Supremo, esas explicaciones genéricas, sin embargo, son «insuficientes» cuando median disposiciones legales específicas que imponen a los poderes públicos la obligación de actuar positivamente en un determinado ámbito, tal como sucede con el de la tauromaquia. EFE

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