Agencias.-La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de entre 10 y 12 años de cárcel por un delito de abuso sexual a cinco de los seis procesados por violar por turnos a una menor de 14 años en Manresa (Barcelona), a quienes la Fiscalía acusaba de agresión sexual al entender que la víctima fue intimidada.
En su sentencia, la sección 22ª de la Audiencia de Barcelona absuelve a uno de los seis acusados de la violación, ocurrida en octubre de 2016 en un botellón en una nave abandonada de Manresa, y a un séptimo hombre al que se imputaba omisión de impedir delitos, por masturbarse mientras presenciaba el ataque sin tratar de evitarlo.
El tribunal ha descartado la tesis de la Fiscalía de que los procesados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima de 14 años para intimidarla y agredirla sexualmente y muestra su «sorpresa» por el hecho de que el ministerio público, que inicialmente acusaba a los procesados de abusos, lo elevara a agresión sexual en sus conclusiones definitivas.
Para la sala, los hechos deben ser calificados de abuso porque la víctima se encontraba «en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía» y sin poder «determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales» con los procesados, quienes no tuvieron que emplear «ningún tipo de violencia o intimidación»contra ella.
La sala condena a los cinco procesados a indemnizar con 12.000 euros a la víctima, de forma conjunta y solidaria, por las secuelas sufridas por la violación, que cree «fue extremadamente intensa y especialmente denigrante» para una menor que, además, «se encontraba en situación de desamparo».
Juristas: el caso de Manresa apuntala la necesidad de cambiar el Código Penal
La condena por abuso y no por agresión sexual al grupo de jóvenes que violó a una menor de 14 años en Manresa (Barcelona) es consecuencia de cómo el Código Penal tipifica los delitos sexuales y no de una interpretación judicial carente de perspectiva de género.
Juristas expertas han explicado a Efe que este caso y el de La Manada son diferentes y que si se hubiera ultimado la modificación del Código Penal para eliminar la figura del abuso sexual y considerar violación toda penetración sin consentimiento, los agresores habrían sido condenados por agresión sexual y no por abuso.